Más familias dispuestas a abrir su corazón y su hogar a la niñez y adolescencia, significan más oportunidades para que niñas, niños y adolescentes que requieran protección estén en el seno de un hogar familiar mientras pasan por algunos procesos para regresar a su casa.

Para que esto sea posible existe el Departamento de Familias de Acogimiento Temporal de la Secretaría de Bienestar Social, que recientemente tuvo un taller informativo para nuevas familias interesadas comenzar el proceso de acreditación.

“Tuvimos una reunión virtual que estuvo a cargo de las profesionales de psicología y trabajo social. El equipo dio a conocer qué es el Acogimiento Familiar Temporal -AFT-, así como la forma en que funciona el programa; y cuáles son las diferencias entre una familia sustituta y una familia adoptiva”, expresó la jefa del departamento, Jeannette Marroquín.

El taller informativo también incluyó detalles acerca del rol y las responsabilidades que implican al convertirse en una familia de Acogimiento Temporal, así como las diferentes etapas por las que pasan las familias y las niñas y niños, mientras están juntos y generan un vínculo afectivo.

Después de la charla, las familias interesadas en comenzar el proceso de acreditación tendrán seguimiento del equipo de profesionales para que en algunos meses se unan a las familias que ya han abierto su corazón y su vivienda a las niñas, niños y adolescentes.

Estas son las dudas más frecuentes y sus respuestas

No es posible. Esto está regulado en el Reglamento para la Aplicación de Medidas de Protección a Niños Privados de su Medio Familiar, acuerdo 40-2010 de la Corte Suprema de Justicia. En caso de que una familia esté interesada en adoptar debe avocarse al Consejo Nacional de Adopciones.

El acuerdo 40-2010 dicta que el periodo de acogimiento familiar temporal es de seis meses; sin embargo, ante la necesidad de velar por el interés superior del niño o niña, el tiempo puede extenderse mientras se resuelve su situación jurídica.

La Familia de Acogimiento Temporal es la encargada de restituir este derecho. Pueden inscribir al niño o niña en una escuela cercana o, si está en sus posibilidades en un colegio. Esto queda a su criterio. 

La Familia de Acogimiento Temporal debe informar al equipo de profesionales de SBS que le dan seguimiento. Pueden presentar al niño o niña el Centro de Salud más cercano, a un hospital nacional; o bien, acercarse a un pediatra particular de confianza. Las y los profesionales de la Familia SBS también darán seguimiento al caso.

Todas las Familias de Acogimiento Temporal recibirán acompañamiento de equipos multidisciplinarios de la Familia SBS que incluyen a profesionales de psicología, trabajo social y un o una abogada. El seguimiento se realiza desde el primer día de integración, hasta que termina el periodo de acogimiento. 

Texto: Cecilia García
Fotografías: Departamento de Acogimiento Familiar Temporal